miércoles, 17 de junio de 2009

SE SOLICITA INSCRIPCION DE CANDIDATURA INDEPENDIENTE

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

CARLOS HUMBERTO REYES, mayor de edad, casado, hondureño, economista y de este domicilio, con número de identidad 0501-1941-00991; BERTHA ISABEL CÁCERES FLORES, mayor de edad, casada, hondureña, maestra, con domicilio en la ciudad de La Esperanza, departamento de Intibucá, con número de identidad 1001-1971-00027; LIDIA MARIBEL HERNÁNDEZ SERRANO, mayor de edad, casada, hondureña, maestra, con domicilio en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, número de identidad 0501-1962-03785; CARLOS RAÚL AMAYA FÚNEZ, mayor de edad, casado, hondureño, editor y con domicilio en la ciudad de El Progreso, departamento de Yoro, número de identidad 0801-1958-06771, todos actuando personalmente con el debido respeto comparecemos ante el Tribunal Supremo Electoral solicitando se inscriba nuestra candidatura independiente así:

1.- Al cargo de Presidente de la República al señor CARLOS HUMBERTO REYES.

2.- Al cargo de Designadas a la Presidencia de la República a las señoras BERTHA ISABEL CACERES FLORES, LIDIA MARIBEL HERNANDEZ SERRANO y al señor CARLOS RAUL AMAYA FUNEZ

Y al efecto acompañamos los siguientes documentos para tener por satisfechos los requisitos que exige el artículo 133 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas:

1)Nómina de ciudadanos y ciudadanas que respaldan la candidatura, en un número equivalente al dos por ciento (2%) del total de los votos válidos en la última elección general, nacional, departamental o municipal según el cargo al que se postula.

Para el cargo de Presidente y designados a la Presidencia de la República la nómina equivalente al dos por ciento (2%) del total de los votos válidos en la última elección general es 40,038 ciudadanos. Esta nómina incluye los respectivos números de identidad, nombres y apellidos, firma y huellas digitales del dedo índice izquierdo y derecho de los ciudadanos que respaldan la candidatura independiente con las siguientes aclaraciones: 1) Que, en algunas de las listas faltan firmas porque el ciudadano(a) que respalda la candidatura no puede o no sabe firmar; 2) En los casos que falta una de las huellas digitales es porque el ciudadano(a) que respalda la candidatura le falta uno de los dedos índice; 3) Que por un error de impresión, se consigno en los formularios de las nóminas de ciudadanos que respaldan la candidatura el número de la identidad de la señora BERTHA ISABEL CACERES FLORES así: 1001-1971-00025. Este número es incorrecto. El número de identidad correcto de la señora BERTHA ISABEL CACERES FLORES es 1001-1971-00027.

La nómina acompañada supera el número de ciudadanas(os) requeridos por el Tribunal Supremo Electoral para respaldar la candidatura, de cuarenta mil treinta y ocho (40,038) ciudadanas(os) de acuerdo a la respuesta del Tribunal Supremo Electoral a la solicitud de los abogados Fredin de Jesús Fúnez, Ritzy Xiomara Almendarez y Julio Kafati Banegas con fecha 19 de marzo del año 2009; Nuestra nómina suma 60,112 ciudadanos que se entregan de la siguiente forma:

Caja # 1

Del folio 0001 al 3800 (cada folio contiene 5 firmas) 19,000 firmas

Caja # 2

Del folio 3801 al 7400 (cada folio contiene 5 firmas) 18,000 firmas

Caja # 3

Del folio 7401 al 10400 (cada folio contiene 5 firmas) 15,000 firmas

Del folio 10401 al 10900 (cada folio contiene 4 firmas) 2,000 firmas

Caja # 4

Del folio 10901 al 11900 (cada folio contiene 5 firmas) 5,000 firmas

Del folio 11901 al 12268 (folios de 5, 4, 3, 2 y 1 firmas) 1,036 firmas


Total ………………………………………………..... 60,112 firmas

2)Nombres y apellidos, copia de la tarjeta de identidad, fotografía reciente y cargo para el cual se postulan los ciudadanos Carlos Humberto Reyes, Bertha Isabel Cáceres Flores, Lidia Maribel Hernández Serrano y Carlos Raúl Amaya Fúnez. Las fotografías se acompañan en versión impresa y electrónica;

3)Constancias de vecindad de cada uno de los solicitantes; Se aclara que éste requisito no es aplicable a nuestro caso porque no nos postulamos para un cargo municipal o departamental;

4)Declaración de Principios y Programa de Acción Política, así como el compromiso expreso de respetar el orden constitucional y la normativa electoral;

5)Señalamos como domicilio, lugar o medio para recibir notificaciones el Edificio STIBYS, Barrio Las Brisas, Boulevard de las Fuerzas Armadas, entre DIPPSA CAMOSA y el Puente Las Brisas de la ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central; y,

6)Dibujo y descripción del emblema de la candidatura e indicación del nombre con el cual se competirá. El dibujo consiste en una llama amarilla contenida en un recipiente de color rojo. El fondo es negro y la llama emite luz blanca. El nombre con el cual se competirá es CANDIDATURA INDEPENDIENTE POPULAR. Este emblema y nombre no se confunden con los de otros partidos políticos inscritos. El emblema se acompaña en versión impresa y electrónica.

ACLARACIÓN NECESARIA

Queremos dejar constancia expresa que los requisitos exigidos por la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas para la inscripción de las Candidaturas Independientes Populares son injustos, ilegales e inconstitucionales porque tanto la Constitución como los tratados internacionales suscritos por Honduras autorizan la participación para cargos de elección popular sin ninguna limitación.

La nómina de ciudadanas(os) que exige la Ley, es nada más una nómina, una lista solo con nombres y apellidos. La ley no exige firmas ni huella digitales. Denunciamos que el obstáculo de reunir más de 40,000 firmas y más de 80,000 huellas digitales es una limitación real para ejercer los derechos constitucionales de elegir y ser electo y, para la práctica de la democracia.

Hemos satisfecho los requisitos exigidos por la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas con el propósito de participar en las elecciones generales de noviembre del año 2009, aun y con las ilegalidades expresadas.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Artículos números 37 y 80 de la Constitución de la República y 130, 132, 133, 134, y demás aplicables de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas.

PODER

Para que nos represente en las presentes diligencias conferimos poder al Abogado FREDIN DE JESUS FUNEZ, mayor de edad, soltero, hondureño y de este domicilio, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el número 3274, con dirección profesional en la Colonia Kennedy, supermanzana 5, Bloque 18-A, Casa 276, Teléfono 9995-9198 a quien investimos de las facultades generales del mandato administrativo y las especiales de renunciar a los términos y recursos legales, transigir y percibir documentos consignados en el artículo 57 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

PETICION

Al Tribunal Supremo Electoral con el debido respeto PEDIMOS:

1.- Tener por presentada la solicitud de inscripción de la candidatura independiente para el cargo de Presidente de la República al ciudadano CARLOS HUMBERTO REYES y para el cargo de Designados y Designadas a la Presidencia de la República a las ciudadanas BERTHA ISABEL CACERES FLORES, LIDIA MARIBEL HERNANDEZ SERRANO y al ciudadano CARLOS RAUL AMAYA FUNEZ junto con la nómina de ciudadanos que respaldan la candidatura y los demás documentos acompañados;

2.- Recibida la solicitud de inscripción y dentro del término de cinco (5) días-calendario, cotejar las nóminas o listados presentados con el Censo Nacional Electoral y otros registros pertinentes;

3.- Terminado el cotejo, exhibir las nóminas durante diez (10) días-calendario en las oficinas de los Registros Civiles Municipales y en las sedes de los demás Partidos Políticos inscritos, que funcionen en el domicilio de los ciudadanos que respaldan la candidatura;

4.- Recibir, dentro de los diez (10) días-calendario siguientes al cierre del período de exhibición, las objeciones o impugnaciones que formule cualquier interesado;

5.- Transcurrido éste plazo, y dentro del término de cinco (5) días dictar RESOLUCIÓN ordenando la Inscripción de la Candidatura Independiente del señor CARLOS HUMBERTO REYES al cargo de Presidente de la República y de las señoras BERTHA ISABEL CACERES FLORES, LIDIA MARIBEL HERNANDEZ SERRANO y al Señor CARLOS RAUL AMAYA FUNEZ al cargo de Designados a la Presidencia de la República;

6.- Mandar a publicar en el diario oficial “La Gaceta” la resolución que ordena la inscripción de la Candidatura Independiente del señor CARLOS HUMBERTO REYES al cargo de Presidente de la República y de las señoras BERTHA ISABEL CACERES FLORES, LIDIA MARIBEL HERNANDEZ SERRANO y el señor CARLOS RAUL AMAYA FUNEZ al cargo de Designados a la Presidencia de la República;

Tegucigalpa, M.D.C. 5 de junio de 2009

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